viernes, 17 de junio de 2011
OBSERVACIONES AL PROYECTO DE LEY ORGANICA DE DEPORTE, ACTIVIDAD FISICA Y EDUCACION FISICA.
El proyecto de Ley esta enmarcado en la concepción que el Estado debe controlar todos los aspectos de la vida ciudadana. De este concepto, deriva la eliminación de los derechos a la Libre Asociación, la Autonomía de las organizaciones, la Libertad de Empresa y de la Propiedad Privada.
Solo se busca un marco legal que someta al sector deportivo a un régimen autocrático, centralista, antidemocrático y totalitario.
Los principios rectores contemplados en el referido texto jurídico son:
- La incorporación de la “Ética Socialista” como uno de los principios fundamentales para la promoción, organización y administración del deporte, la actividad física y la educación física. Este hecho es naturaleza anticonstitucional por que pretende promover a través del deporte un sistema social no contemplado en nuestra Carta Magna.
En los diferentes documentos publicados por el gobierno nacional o las organizaciones que lo apoyan, conseguimos la siguiente definición:
- La ética socialista es un conjunto de principios y valores que orientan y estimulan en el individuo de alta sensibilidad y conciencia social, comportamientos que lo ayuden y lo guíen en su vida diaria a su plena realización personal en función y en armonía con el logro pleno de los ideales colectivos del socialismo.
La ética constituye el componente esencial de la acción política. Es la meta y la más sagrada conquista de la Revolución Bolivariana y debe ser el hilo conductor en el proceso de su implantación, consolidación y desarrollo mediante la acción política colectiva.
-Acabar con la descentralización del sector. Al pretender transferir a los Consejos Comunales y a las Comunas, la administración directa del servicio publico deportivo prestado por los municipios y los estados. Lo que significaría en la práctica la liquidación de los Institutos o Fundaciones que a nivel regional y municipal son los encargados de dirigir las actividades deportivas.
-Exclusión: el Estado se reserva de manera absoluta todo lo concerniente a la planificación Deportiva. La supremacía rectoral del deporte se concentra en el Instituto Nacional de Deporte. El análisis del articulado del proyecto, nos permite observar que.
-Art 2: solapadamente se introduce el concepto de Ética Socialista.
-Art 3: el Sistema Nacional del deporte, la actividad física y la educación física constituye el instrumento fundamental para la centralización de la actividad en el sector.
-Art 4: deja muy en claro que la transferencia de competencias se hará solo hacia las organizaciones del Poder Popular.
-Art 5: introduce el concepto de “conducta patriótica” para los atletas, que suponemos podrá significar la obligación del deportista de apoyar loa actos “patriotas” del régimen.
-Art 12: El Estado autoriza, supervisa, controla, regula, fiscaliza, orienta, coordina y reglamenta……sin comentarios……y si queda algo por fuera, cierra con, las demás atribuciones que sean previstas en las leyes, reglamentos y demás actos del Poder publico.
-Art 14 # 9 plantea el derecho de los atletas a ser elegidos como miembros de las juntas directivas y consejos contralores de las organizaciones sociales promotoras del deporte asociativo. Argumento populista que deja abierta la compuerta para que un atleta pueda ser a su vez presidente de una de las organizaciones del sector federado. Lo que traería graves consecuencias en el concierto internacional de las federaciones deportivas.
-Art 15 # 6 establece una obligación a los atletas de apoyar y participar en las políticas públicas en conjunto con las organizaciones del Poder Popular.
-Art 20 # 2 el subsistema comunal representado por los Comités de Deporte y Recreación de los Consejos Comunales y otra organizaciones del Poder popular serán las unidades básicas para mejorar la calidad de vida de la población y la base para detectar los talentos deportivos…..Este es el primer paso para eliminar el voluntariado deportivo en el sector federado y sustituir a los clubes, ligas y asociaciones por los organismos del Poder Popular.
- Art 21 quedan excluidos de la Planificación Nacional del Deporte los entes del sector deportivo federado.
-Art 23 # 13 el objetivo de la planificación es asegurar la participación de las organizaciones del Poder Popular.
-Art 24 en su afán centralizador el gobierno impulsara la apertura de sedes y oficinas regionales o estadales del IND en todo el país.
- Art 25 # 3 la locura centralizadora los lleva a establecer la transferencia de aportes, bienes muebles e inmuebles del nivel municipal o estadal al IND.
- Art 27 elimina al representante de las federaciones deportivas en el directorio del IND.
-Art 31 # 2 establece de manera inequívoca que los encargados de orientar, organizar y promover la actividad física y el deporte serán los consejos comunales y las comunas. …..golpe mortal a los clubes, ligas y asociaciones deportivas….típico modelo cubano. No es de extrañar que el próximo requisito que coloquen sea el de exigir estar inscrito en el Partido Único para poder ser dirigente deportivo.
- Art 32 y 33 los consejos comunales y las comunas serán los encargados de: llevar el censo de clubes, presentar los proyectos deportivos, organizar las ligas en cada deporte….cabria preguntarse ¿Cuál será el papel de las asociaciones?
-Art 36 ¡El CNE! Regirá las elecciones en el sector deportivo….me imagino que con capta huellas y todo.
Art 39 el derecho al voto lo colocan sin fundamento legal alguno en los quince 15 años y agregan que para los menores a esa edad, el derecho es transferible a los padres y representantes….populismo burdo y absurdo.
Art 41 contempla que las asociaciones son organizaciones de derecho privado; pero, son tantas las regulaciones que prácticamente esto es letra muerta.
Art 51 el deporte profesional aparece bajo la figura de Compañía Anónima
-Art 57 de acuerdo con el texto del articulo el Fondo Nacional para el Desarrollo del Deporte será una estructura centralizada y los recursos estarán destinados a fortalecer el trabajo de las organizaciones del Poder Popular.
-Art 66 la comisión de justicia deportiva será otro ente centralizado.
Art 75 los integrantes de las comisiones nacionales serán de carácter burocrático y sujetos a los dictámenes del ministro Simple y llanamente serán figuras de relleno para cumplir solo con los mandatos del ejecutivo.
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