
El proyecto de Ley esta enmarcado en la concepción que el Estado debe controlar todos los aspectos de la vida ciudadana. De este concepto, deriva la eliminación de los derechos a la Libre Asociación, la Autonomía de las organizaciones, la Libertad de Empresa y de la Propiedad Privada.
Solo se busca un marco legal que someta al sector deportivo a un régimen autocrático, centralista, antidemocrático y totalitario.
Los principios rectores contemplados en el referido texto jurídico son:
- La incorporación de la “Ética Socialista” como uno de los principios fundamentales para la promoción, organización y administración del deporte, la actividad física y la educación física. Este hecho es naturaleza anticonstitucional por que pretende promover a través del deporte un sistema social no contemplado en nuestra Carta Magna.
En los diferentes documentos publicados por el gobierno nacional o las organizaciones que lo apoyan, conseguimos la siguiente definición:
- La ética socialista es un conjunto de principios y valores que orientan y estimulan en el individuo de alta sensibilidad y conciencia social, comportamientos que lo ayuden y lo guíen en su vida diaria a su plena realización personal en función y en armonía con el logro pleno de los ideales colectivos del socialismo.
La ética constituye el componente esencial de la acción política. Es la meta y la más sagrada conquista de la Revolución Bolivariana y debe ser el hilo conductor en el proceso de su implantación, consolidación y desarrollo mediante la acción política colectiva.
-Acabar con la descentralización del sector. Al pretender transferir a los Consejos Comunales y a las Comunas, la administración directa del servicio publico deportivo prestado por los municipios y los estados. Lo que significaría en la práctica la liquidación de los Institutos o Fundaciones que a nivel regional y municipal son los encargados de dirigir las actividades deportivas.
-Exclusión: el Estado se reserva de manera absoluta todo lo concerniente a la planificación Deportiva. La supremacía rectoral del deporte se concentra en el Instituto Nacional de Deporte. El análisis del articulado del proyecto, nos permite observar que.
-Art 2: solapadamente se introduce el concepto de Ética Socialista.
-Art 3: el Sistema Nacional del deporte, la actividad física y la educación física constituye el instrumento fundamental para la centralización de la actividad en el sector.
-Art 4: deja muy en claro que la transferencia de competencias se hará solo hacia las organizaciones del Poder Popular.
-Art 5: introduce el concepto de “conducta patriótica” para los atletas, que suponemos podrá significar la obligación del deportista de apoyar loa actos “patriotas” del régimen.
-Art 12: El Estado autoriza, supervisa, controla, regula, fiscaliza, orienta, coordina y reglamenta……sin comentarios……y si queda algo por fuera, cierra con, las demás atribuciones que sean previstas en las leyes, reglamentos y demás actos del Poder publico.
-Art 14 # 9 plantea el derecho de los atletas a ser elegidos como miembros de las juntas directivas y consejos contralores de las organizaciones sociales promotoras del deporte asociativo. Argumento populista que deja abierta la compuerta para que un atleta pueda ser a su vez presidente de una de las organizaciones del sector federado. Lo que traería graves consecuencias en el concierto internacional de las federaciones deportivas.
-Art 15 # 6 establece una obligación a los atletas de apoyar y participar en las políticas públicas en conjunto con las organizaciones del Poder Popular.
-Art 20 # 2 el subsistema comunal representado por los Comités de Deporte y Recreación de los Consejos Comunales y otra organizaciones del Poder popular serán las unidades básicas para mejorar la calidad de vida de la población y la base para detectar los talentos deportivos…..Este es el primer paso para eliminar el voluntariado deportivo en el sector federado y sustituir a los clubes, ligas y asociaciones por los organismos del Poder Popular.
- Art 21 quedan excluidos de la Planificación Nacional del Deporte los entes del sector deportivo federado.
-Art 23 # 13 el objetivo de la planificación es asegurar la participación de las organizaciones del Poder Popular.
-Art 24 en su afán centralizador el gobierno impulsara la apertura de sedes y oficinas regionales o estadales del IND en todo el país.
- Art 25 # 3 la locura centralizadora los lleva a establecer la transferencia de aportes, bienes muebles e inmuebles del nivel municipal o estadal al IND.
- Art 27 elimina al representante de las federaciones deportivas en el directorio del IND.
-Art 31 # 2 establece de manera inequívoca que los encargados de orientar, organizar y promover la actividad física y el deporte serán los consejos comunales y las comunas. …..golpe mortal a los clubes, ligas y asociaciones deportivas….típico modelo cubano. No es de extrañar que el próximo requisito que coloquen sea el de exigir estar inscrito en el Partido Único para poder ser dirigente deportivo.
- Art 32 y 33 los consejos comunales y las comunas serán los encargados de: llevar el censo de clubes, presentar los proyectos deportivos, organizar las ligas en cada deporte….cabria preguntarse ¿Cuál será el papel de las asociaciones?
-Art 36 ¡El CNE! Regirá las elecciones en el sector deportivo….me imagino que con capta huellas y todo.
Art 39 el derecho al voto lo colocan sin fundamento legal alguno en los quince 15 años y agregan que para los menores a esa edad, el derecho es transferible a los padres y representantes….populismo burdo y absurdo.
Art 41 contempla que las asociaciones son organizaciones de derecho privado; pero, son tantas las regulaciones que prácticamente esto es letra muerta.
Art 51 el deporte profesional aparece bajo la figura de Compañía Anónima
-Art 57 de acuerdo con el texto del articulo el Fondo Nacional para el Desarrollo del Deporte será una estructura centralizada y los recursos estarán destinados a fortalecer el trabajo de las organizaciones del Poder Popular.
-Art 66 la comisión de justicia deportiva será otro ente centralizado.
Art 75 los integrantes de las comisiones nacionales serán de carácter burocrático y sujetos a los dictámenes del ministro Simple y llanamente serán figuras de relleno para cumplir solo con los mandatos del ejecutivo.
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