Blog de Víctor José López /Periodista

lunes, 10 de abril de 2017

EL ESTADO DEL GOLPE Luis Beltran Guerra G

El estado del golpe

Epifanio Mancera deambula del aula al apartamento que comparte con Magdalena Gabriel, hermana de Markus Gabriel, quien ha escrito ¿Por qué el mundo no existe?
Magdalena le afirma que en la obra que escribe ha de explicar la concepción actualizada del “golpe de Estado”: 1. Para calificar como tal las iniciativas contra un gobierno, éste ha de ser democrático, 2. La democracia es aquella en la cual no haya ninguna ambivalencia entre el origen y  ejercicio, 3. La acción concurrente de pueblo y soldados ante un régimen no democrático no sería “Coup”, 4. Cuando la conjunción de pueblo y soldados sea para una transición democrática, no pudiera encuadrarse en esa tipología y 5. Si la democracia es restablecida de manera inmediata se hablaría de “ajuste constitucional”. No se limita tampoco al derrocamiento de un gobierno, pues ha de comprender una metodología para mandar, como el del 4 de febrero (Chávez) que como un Napoleón caribeño se propuso establecer donde su vida le permitió el equivocado Socialismo del XXI. Adicionalmente, has de incluir también en la tipología aquella acción contraria a la Constitución de un poder, usualmente, adherido al Ejecutivo para dejar sin efecto la existencia del Legislativo o Judicial. Por cuanto las fuentes históricas revelan que la legislación deriva en forma directa de la soberanía popular, el desconocimiento de ella es la maximización del golpe de Estado.
Epifanio expresa que sus argumentos lo llevan al histórico fallo, tan peligroso para la paz social que como preso han dado  en denominar el No. 156, de la Sala Constitucional (TSJ), cuya integración es inclusive dudosa, pues algunos magistrados se proveyeron de certificaciones de no absoluta veracidad, relativas a méritos requeridos (Art. 263 Constitucional), entre otros, honorabilidad, haber sido profesor titular, 15 años en la carrera judicial y prestigio en la misma. Pero, además, afectos a la denominada Revolución Bolivariana lo cual vociferan en actos protocolares, pero por si les faltare poco integran con otros al Tribunal Supremo de la República cargando con el remoquete que la propia gente les ha puesto de “exprés”, por la manera como fueron designados. No podían ser otros, dice Magdalena, para fundamentar la escandalosa sentencia concibiendo a la soberanía del pueblo como una especie de paltó de tela elástica que se lo puede poner el autócrata que manda, con el apoyo, cuestionable en todos los ámbitos, de jueces nombrados para sostener al gendarme. Fallo que en craso desconocimiento a la separación de los poderes el sentenciador procura deslastrar de las transgresiones constitucionales que afectan su validez, pero lo más grave con providencias posteriores no adecuadas a la Ley. Viciadas por exceso de poder. Epifanio comenta que una tentativa de sociedad de tales características no ha salido del estado de naturaleza planteados por Platón y Rousseau, precisamente, para que el mundo exista, con el perdón, Magdalena, de tu hermano Markus. Por eso le he reiterado en Misiva a Boom, donde enseña, que quienes no existimos somos nosotros.
Para Magdalena han de admitirse nuestras reacciones fugaces, apego a análisis exagerados, credulidad fantasiosa con respecto a solidez del sistema político y acentuada ingenuidad en lo relativo a derrocar a un gobierno no democrático con fórmulas electorales, olvidando los poderes constituidos amordazados (TSJ) por la Jefatura del Estado en un presidencialismo autocrático. El gobierno cuando confronta reacciones las devalúa como “golpe de estado”, para guarecerse en el derrocamiento a punta de metralla a las democracias, cuestionable como  sabido en el ordenamiento jurídico interno y en el internacional.  No caben en la calificación reacciones de los pueblos para deshacerse de tiranías formalmente civiles que patean el Pacto Social.
A Epifanio las consideraciones lo llevan a que la filosofía estudia las razones que sustentan las decisiones humanas (Santo Tomás), apreciación para calificar como un verdadero “Coup de Etat” la censurable sentencia 156, pero además causa de destitución de los jueces a requerimiento del pueblo, legitimado a la observancia del Texto Fundamental, pisoteado a lo largo de 17 años. Por supuesto, la exigencia requiere poder formal para satisfacerla, secuestrado por el régimen. Es en rigor una contradicción de una democracia escriturada en un momento no del todo oportuno. “De hombres es equivocarse, de locos persistir en el error” (Cicerón).
A la intimidad Magdalena decide rechazar, pues están cercanos a los 80, manifestando a cambio que la democracia es inevitable (Mill) y las alternativas limitadas (la teocracia, Fukuyama). Adelantaríamos una Constituyente. Para Epifanio padecemos un nacionalsocialismo que depondremos. Así será, responde Magdalena.
Finalmente, en criterio de Epifanio, como golpe de Estado ha habido desde febrero del 92, pero además continuado por 17 años, lo lógico es analizar “el estado del golpe”.
@LuisBGuerra  

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