SÍ A UNA
CONSTITUYENTE
NO UN Referendo REVOCATORIO
•Puede ACTIVARSE EN CUALQUIER MOMENTOdel periodo
constitucional,
es decir AHORA. (Art: 347 CRBV)
•Pueden ser Revocados de inmediato TODOS LOS 5 PODERES
CONSTITUIDOS ó
LOS OBLIGA A SOMETERSE A UN CONTROL
ESTRICTO DE LA ASAMBLEA NACIONAL
CONSTITUYENTE sin que estos
puedan impedirlo, NO SOLO AL PODER EJECUTIVO, sino a TODOS,
INCLUYENDO AL CNE.(PUDIENDO OBLIGAR AL CNE AL VOTO MANUAL) Y EN ESTE LLAMANDO A
UNA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTEEL PUEBLO al poner la iniciativa pone las
condiciones electorales y las bases comiciales.
(NO hay peligro de lista Tascón)(Art: 349
CRBV)
•En dicha Asamblea EL PUEBLO es el
depositario del poder Constituyente ORIGINARIO
por lo tanto puede postularse CUALQUIER
VENEZOLANO y en ella se puede TRANSFORMAR EL ESTADO(el poder de las
instituciones),
CREAR UN NUEVO ORDENAMIENTO JURÍDICO(ordenar el caos
jurídico de inmediato y
no ley por ley, ya que tardaríamos 20 años
solventando
expropiaciones, leyes arbitrarias , etc.)
Y en caso de ser necesario redactar una nueva
constitución o revisar la vigente, (Se volvería a la CONSTITUCIÓN DE 1999 SIN
ENMIENDA) (Art: 347 CRBV)
•La iniciativa de convocatoria a una Asamblea
Nacional Constituyente SE ACTIVA
CON SOLO EL 15% DE ELECTORES INSCRITOS EN
EL REGISTRO ELECTORAL.
(Art: 348 CRBV)
•En el intento de la derrotada y mal llamada
reforma constitucional del Referendo de Diciembre 2007 (PRIMERA DERROTA
ELECTORAL DEL GOBIERNO) se trató de modificar el art. 348de la Constitución PARA
ELEVAR A 30% LA INICIATIVA DE CONVOCATORIA CONSTITUYENTE POR PARTE DE LOS
ELECTORES INSCRITOS EN EL REGISTRO ELECTORAL, esto demuestra el temor que posee
el gobierno al PODER ORIGINARIO del pueblo. ¿NO ES ACASO ESTE UN GOBIERNO DONDE
SE LE DA MÁS PODER AL PUEBLO? ¿POR QUÉ SE LE PRETENDÍA DISMINUIR DICHO PODER EN
EL 2007?
•El
Art 350 de la CRBV QUE DICTA: “El pueblo de Venezuela, fiel a su tradición republicana,
a su lucha por la independencia, la paz y la libertad, desconocerá cualquier régimen,
legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías
democráticos o menoscabe los derechos humanos”. ESTE ARTICULO SE ENCUENTRA EN
EL CAPITULO DE LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTELO QUE DEMUESTRA QUE
EL PODER ORIGINARIO DEL PUEBLO SE APLICA MEDIANTE LA LEGÍTIMA ACTIVACIÓN DE TODOSLOS ARTICULOS DE ESTE
CAPITULO Y QUE ESTE ARTICULO 350NO PUEDE APLICARSE AISLADAMENTEde los demás Artículos
(347, 348 y 349) de la CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
•DebedeESPERARSE
A LAMITADdelperiodoconstitucional,esdecir 3 LARGOS
AÑOS.(Art:72CRBV)•
Revoca SOLO
AL CARGO DE ELECCIÓN POPULARque se le solicita la revocatoria y esta es
sometida a referendo, en caso de perderlo se corre el peligro de represáliasa
los firmantes (Ej: lista Tascón) y en caso de ganarse la revocatoria del
Presidente de la República, se considera falta absoluta durante los 4 primeros
años, por lo que se encargaría EL VICEPRESIDENTE hasta nuevas elecciones en 30
días.(Art: 72 y 233 CRBV)•Revocando sólo al Presidente de República, EL RESTO DE LOS PODERES
quedan a disposición de sus ya evidentes carcomidos intereses, entiéndaseEL MISMO TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, EL MISMO CNE, LA MISMA
ASAMBLEA NACIONALconstituida ahorita, EL MISMO
“PODER CIUDADANO”pudiendo estos aplicar “malabarismos jurídicos” y así
quedarse en el poder. (Ejemplo: la “interpretación” del TSJ sobre el Art. 231
constitucional Enero 2013)•La solicitud de convocatoria de un Referendo Revocatorio SE ACTIVACON EL 20% DE ELECTOTES INSCRITOS REGISTRO
ELECTORAL.(5% más de Electores Inscritos
que para una constituyente) (Art:72 CRBV)•En el intento de Revocatoria Presidencial del 15
de Agosto del 2004 en el cúalse vio DERROTADA LA
OPOSICIÓNtuvo un muy negativo costo para muchos venezolanos ya que se
activó una segregación política a los firmantes contrarios al gobierno, lo que
le costó a muchos su empleo y para algunos otros hasta tuvieron que verse
obligados a salir del país por persecución política, además de un notable
FORTALECIMIENTO DEL GOBIERNO ya que este se dio por ratificado. ¿CON LA TRAMPA Y EL VENTAJISMO DE ESTE CNE SERVIL AL
GOBIERNO, VAMOS A CORRER EL MISMO RIESGO AHORA?Pudiendo revocar a ese
CNE con una CONSTITUYENTE.•Esperar a un Referendo Revocatorio SERÍA EL
RECONOCIMIENTO EXPLÍCITO Y LA ACEPTACIÓN TÁCITA DE ESTE GOBIERNO ILEGÍTIMO,
además que le daría la oportunidad a LOS ENCHUFADOS de fortalecerse aún más
para permanecer longevamente en el poder y en su propio y personalísimo
proyecto de país, mientras los venezolanos sufrimos DESABASTECIMIENTO,
INSEGURIDAD, DESEMPLEO, FALTA DE SERVICIOS, INFLACIÓN Y LA DESTRUCCIÓN TOTAL DE
LA PATRIA.
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