Con mis saludos y Gratitud.
Levy Benshimol R.*
lRemigio Ceballos, Ministro de Interior y Justicia, en mi condición de ciudadano y de Peridotita, nos obligan a darle respuesta Constitucional a sus declaraciones emitidas en pasados días con motivo a la lamentable tragedia ocurrida en la ciudad de Las Tejerías, estado Aragua, las cuales atentan contra el Derecho Humano del pueblo de estar debidamente informado.
En sus declaraciones Ministros Usted señaló que “colaboración” a los periodistas independientes y los instó a “que no estorben'' y el “solicitar permiso o acreditaciones para ejercer su trabajo allí ante el Ministerio de Información y Comunicación”. Esa afirmación suya Ministro Ceballo, está fuera de contexto comunicativo Constitucional, de “libertad de Información” ya que no hay pluralidad en informar que obstaculiza el libre flujo informativo, de mantener debidamente informado al pueblo y crea censura previa, violando de esta manera lo establecido en el artículo 57 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Ministro Remigio Ceballos, usted sostuvo que “actualmente hay plena libertad de información” pues en el lugar “están los canales del Estado venezolano, todos grabando”, me permito decirle, que su declaración no se compagina con lo pautado en el artículo 58 de la Constitución, en la que establece que “ La comunicación es libre y plural y comporta los deberes y responsabilidades que indique la ley. Toda persona tiene derecho a la información oportuna, veraz e imparcial, sin censura,…”, ya que no solo los canales de el Estado tienen la misión de informar, sino de todos los medios de comunicación social, deben tener, para que pueda existir “Libertad de Información”, y el pueblo pueda tener el Derecho Humano, de estar debidamente informado, sin ningún tipo de restricciones.
Ministro Remigio Ceballos, en lo referente “Aquí hay un estado de alarma, una zona decretada de desastre, y no se permite el acceso de ningún periodista y tampoco de cualquier empresa privada porque estamos trabajando”, y me permito señalarle que los Periodistas trabajan para darle cumplimento a lo que pauta el Artículo 337, “…En tal caso, podrán ser restringidas temporalmente las garantías consagradas en esta Constitución, salvo las referidas a los derechos a la vida, prohibición de incomunicación o tortura, el derecho al debido proceso, el derecho a la información y los demás derechos humanos intangibles”. Es decir Ministro Ceballos, que como Derecho Humano, el Periodista, “no estorba” en tales circunstancia, ya que su misión es la de Informar, plural, oportuna y veraz, y de no hacerlo atenta contra la Carta Magna, la Ley del Ejercicio del Periodista, y su Código de Ética del Periodista
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Ministro Remigio Ceballos, así como los soldados, cumplen con eficiencia, efectividad alcanzar el logro del objetivo de una misión, por encima de todas vicisitudes, obstáculos y hasta ofreciendo su vida, así los Periodistas, también cumplimos con nuestra misión que es la de mantener debidamente informado al ciudadano, sorteando cualquier tipo incidencias, y restricciones que nos impidan lograr conseguir que el objetivo que pueblo esté debidamente informado.
Ministro Remigio Ceballos, sus declaraciones dadas, con motivo de la tragedia de Las Tejerías, me traen a colación el recuerdo, de lo que el Presidente Hugo Chávez, (+). en el deslave, del Estado Vargas, en conversación personal privada me solicitó al decirme “ Benshimol, como Presidente de los Periodistas, te solicito, le pidas a tus colegas Periodistas de los medios de Comunicación Masiva, que nos apoyen en esta terrible tragedia con informaciones orientadoras, para llevar la tranquilidad al pueblo,,,,”, pedimento este del Presiente Chávez,(+) que se cumplió con el éxito deseado, ya que los Periodistas cumplimos con la misión de mantener debidamente informado al pueblo, con noticias veraces, oportunas y plurales, por lo tanto Ministro Ceballos, si en aquella terrible tragedia de Vargas para el Presidente Chávez(+), los Periodistas no “ESTORBAMOS”, sino fuimos sus aliados en la misión de mantener debidamente informado al pueblo, en esta también oportunidad de tragedia el ciudad de Las Tejerías, los Periodistas, por nuestra misión y funciones como ciudadanos y profesionales de la Comunicacón, estamos dispuestos y obligados a cumplir y con lo que nos los pautan los artículos 57, 58 y 337 de nuestra Carta Magna y demás Leyes de la República, y así ejercer a plenitud con el Derecho Humano de informar. Cessante ratione legis, lex ipsa cessat.- Cesando el motivo de la ley, cesa la ley misma
*Levy Benshimol R.
Expresidente del Colegio Nacional de Periodista
CNP269
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