Venezuela ya dijo ¡NO! al Estado Comunal
Jesús
Alexis González
Jagp611@gmail.com
Una
reflexión de inicio: 1.- El ideal
por una sociedad donde brille, tanto la equidad socioeconómica como la igualdad
de oportunidades educativas de inicio, no
es monopolio ideológico de partido político alguno; 2.- Basándonos en la
obviedad de que el contexto lo informa
todo, se puede afirmar que el Plan de la patria (Pp.) constituye el
eje transversal del modelo político, económico y social que adelanta el
Gobierno Nacional (sin basamento constitucional) a la luz de un Acuerdo de la
Asamblea Nacional para que “surta efecto jurídico y sea de obligatorio
cumplimiento en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela”
(¡sin ser ley!); con un elemento adicional:
soslayando la voluntad expresada por el pueblo en el referéndum de 2007.
Resulta
evidente entonces, que el Pp. no es más que la instrumentación jurídica de
la rechazada reforma constitucional de
2007, en su afán de materializar un
Estado Comunal (Comuna o nada), plasmando variadas rutas de actuación tal
como la centralización del sistema
económico en torno al poder comunal, dentro de un marco de rígido control
de las importaciones donde se favorece al sector público ( y para tal fin
crearon recientemente el Centro Nacional de Comercio Exterior y la Corporación
de Comercio Exterior) teniendo como intención abiertamente expresada de “continuar construyendo el socialismo
bolivariano del siglo XXI, como alternativa al sistema destructivo y
salvaje del capitalismo”; a la par de la insensatez de querer refundar una “ conciencia de clase entre asalariados y
burgueses”. Hacemos un alto reflexivo: ¿los
venezolanos deseamos ese u otro tipo de socialismo? A tenor de tal
interrogante, estimamos pertinente reinsertar
en nuestras mentes algunas
propuestas, que teniendo la intención de conformar
un Estado socialista en Venezuela
fueron presentadas en dos bloques (A Y B) y dos opciones (SI y NO) para
reformar 69 artículos de nuestra
Constitución (33 presentados por el Presidente de la República y 36 por la
Asamblea Nacional), los cuales fueron
rechazados en el referéndum constitucional del 02/12/2007; tal y como
mostró un “Segundo Boletín del CNE con el 94% de la transmisión” (a la fecha no
se ha presentado un tercer y definitivo Boletín) donde en ambos bloques (50,65%
del A y 51,01% del B) Venezuela dijo
¡NO! al establecimiento al establecimiento de un modelo socialista.
Del total de artículos presentados y rechazados,
nos resulta trascendente mencionar los siguientes: 16: El territorio nacional estará integrado por comunas, las cuales
a su vez se conformarán en comunidades que constituirán el núcleo territorial
básico e indivisible del Estado Socialista Venezolano; 18: El Estado desarrollará una política integral para articular un
Sistema Nacional de Ciudades, donde se incorporará un nuevo poder: el Poder
Popular; 70: Como medio de
participación y protagonismo del pueblo para la construcción del socialismo, se
incorporan los Consejos del Poder Popular y los Consejos Comunales; 112: En relación a las actividades
económicas, se promocionará el desarrollo de empresas y unidades económicas
comunales, estatales y mixtas con el sector privado; 115: Establecimiento de
cinco formas de propiedad: pública, social, colectiva, mixta y privada; 136: añadir el Poder Popular como un
nuevo Poder Público; 158: Reemplazar
la descentralización como política nacional para dar paso a la participación
protagónica del pueblo; 168: Otorgar
participación en las competencias municipales a los Consejos del Poder Popular;
184: Descentralización de los
municipios para incorporar los Consejos Comunales; 225: El cargo de Vicepresidente se denominará Primer Vicepresidente,
y el Presidente tendrá la facultad de nombrar cuantos Vicepresidentes considere
necesarios. (Sea oportuno señalar que en la G. O. del 20/01/2014 la Presidencia
de la República publicó el nombramiento de ¡107
Viceministros en 29 Ministerios!); 318:
Se elimina la autonomía al Banco Central de Venezuela y se supedita al
Poder Ejecutivo; 321: Las reservas
internacionales serán administradas por el Presidente de la República en
coordinación con el Banco Central de Venezuela;
299: Se modifican los
fundamentos del régimen socioeconómico para basarlos en los principios
socialistas, antiimperialistas y de cooperación.
Resulta de perogrullo afirmar, que el espíritu y
propósito de la casi totalidad de los artículos antes citados (y otros) ya fueron incorporados jurídicamente al
accionar de la vida nacional (haciendo eco de lo expresado por el entonces
Presidente: “no retiro ni una sola coma de esta propuesta, esta propuesta sigue
viva”)en aras de continuar construyendo ese “socialismo rechazado”, hasta procurar alcanzar el Estado Total Comunal que, entre otros
aspectos, resta importancia a las gobernaciones y municipios en función a la demolición del Estado Constitucional. En
fin, y desde nuestra permanente visión de optimista
preocupado, observamos que aún es posible una ruta de entendimiento para una mejor Venezuela mediante una vía bidireccional: (A) El Gobierno ha de aceptar que la mayoría nacional no desea un Estado Total Comunal (ni la
economía lo soporta), siendo necesario
una inflexión ideológica; y (B) Las oposiciones han de internalizar
que a la materia del Estado Comunal debe
prestársele importante e inmediata atención, incluida la obligatoriedad de
ofrecer un modelo socioeconómico concreto que atienda a todos los venezolanos, con especial énfasis en los
estratos menos favorecidos; y en ambos casos dentro del marco de nuestra Constitución.
Economista Jesús Alexis
González
Jagp611@gmail.com
06/02/2014
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