El
Instituto del Patrimonio Cultural promulgó hoy una Providencia Administrativa
por la que se declara como Patromonio de la Nación, tres sitios emblemáticos de
la lucha cívico-militar contra el golpe fascista de abril de 2012.La resolución
que tiene toda la fuerza de la ley, es un reconocimiento al sentimiento popular
que considera estos sitios como símbolos de la marcha triunfante de la
Revolución Bolivariana
REPÚBLICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA CULTURAINSTITUTO
DEL PATRIMONIO CULTURALPROVIDENCIA ADMINISTRATIVA No. 016 / 2012CARACAS, 11 DE
ABRIL DE 2012AÑOS 201° y 152°
El
Presidente del Instituto del Patrimonio Cultural, de conformidad con las
atribuciones conferidas por los artículos 10, numerales 6, 15 y 31 de la Ley de
Protección y Defensa del Patrimonio Cultural, en consonancia con lo previsto en
los artículos 11 ordinales 2, 6, 10, 24 y 26 del Reglamento Parcial No. 1 de
dicha Ley,
Considerando
Que en
abril de 2002 se concretó un golpe de estado impulsado desde los Estados Unidos
y otros centros imperiales, planificado y ejecutado por la oposición política
venezolana, grupos empresariales, sectores sindicales, jerarquía eclesiástica y
jefes militares desleales a la constitución contra el gobierno legítimo de la República
Bolivariana de Venezuela, la Revolución Bolivariana y el pueblo venezolano,
Considerando
Que los
dueños de algunos medios de comunicación, vinculados a sectores de poder
económico, asumieron el papel de actores políticos golpistas al desarrollar la
campaña preparatoria del golpe de estado que generó un clima de tensión y
confrontación en la sociedad, descalificando e irrespetando la figura del
ciudadano presidente de la República, los miembros de su gabinete y
particularmente de sus seguidores,
Considerando
Que los
medios de comunicación privados manipularon la información, difamaron a quienes
defendían el Estado de Derecho y al legítimo gobierno constitucional de la
República Bolivariana de Venezuela, interrumpieron repetidamente la información
oficial y pretendieron invisibilizar al pueblo movilizado y a las Fuerzas
Armadas cuando estaban retomando el poder y reponiendo al Presidente de la
República,
Considerando
Que los
hechos del 11 y 12 abril produjeron la ruptura del hilo constitucional, el secuestro
del Presidente, usurpación y disolución de los poderes públicos, violación de
los Derechos Humanos, persecución y violenta represión a los sectores populares
y violación de convenios y acuerdos internacionales,
Considerando
Que la
organización popular fortalecida por la revolución bolivariana logró resistir y
contrarrestar la conspiración, activando canales alternativos de comunicación,
organización y movilización, enfrentando directamente a la acción armada
golpista,
Considerando
Que la
restitución del hilo constitucional, como resultado de la acción
cívico-militar, simbolizó un cambio radical en la relación histórica entre el
pueblo y las Fuerzas Armadas,
Considerando
Que los
días 11, 12 y 13 de abril de 2002 ya han adquirido valor significativo de
nuestra identidad nacional, que serán recordados por las futuras generaciones,
como una gran victoria del poder popular que marcó inicio del siglo XXI y
ratificó el camino democrático de transformaciones que impulsa la Revolución
Bolivariana y que ese recuerdo se asocia a diversos sitios, siendo los más
emblemáticos, el Puente Llaguno, la Alcabala 3 del Fuerte Tiuna y el
Destacamento 42 de la Brigada de Infantería Paracaidista de Maracay,
Resuelve
Artículo 1:
Se declara como Bien de Interés Cultural la memoria histórica de Puente Llaguno
ubicado en la Avenida Urdaneta, Municipio Libertador, Parroquia Altagracia de
la Ciudad de Caracas, por las heroicas acciones de las organizaciones populares
fortalecidas por la Revolución Bolivariana, que el 11 de abril de 2002 lograron
resistir el golpe de estado.
Artículo 2:
Se declara como Bien de Interés Cultural la memoria histórica de la
Alcabala 3
de Fuerte Tiuna ubicada en el kilómetro 0 de la Carretera Panamericana,
Municipio Libertador, Distrito Capital, por las históricas acciones
cívico-militares, que el dia 13 de abril de 2002 dieron inicio a la
recuperación del hilo constitucional y la derrota del golpe de estado.
Artículo 3:
Se declara como Bien de Interés Cultural la memoria histórica de la Alcabala de
la 42 Brigada de Infantería Paracaidista , ubicada en Maracay, Estado Aragua,
por las acciones cívico-militares que el dia 13 y la madrugada del 14 de abril
de 2002, con la “Operación Restitución de la Dignidad Nacional” dieron inicio a
la recuperación del hilo constitucional, la derrota del golpe de estado y
finalmente, la restitución del Presidente constitucional Hugo Rafael Chavez
Frías.
Artículo 4:
Se exhorta a las instituciones públicas, privadas y al pueblo en general a
suministrar documentos escritos, publicaciones, registros fotográficos y
grabaciones audiovisuales relacionados con los sucesos de abril de 2002 al
Archivo General de la Nación para su correspondiente compilación y
preservación.
Comuníquese
y publíquese
ARQUITECTO RAÚL GRIONI
PRESIDENTEINSTITUTO DEL
PATRIMONIO CULTURAL
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